Actualidad
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Nota de interés
Concepto de entidad de nueva constitución que inicia una actividad económica a efectos de la aplicación del tipo reducido para entidades de nueva creación. La entidad consultante (C), constituida el 5 de marzo de 2013, se dedica de forma habitual a la preparación de catering para aviones privados. Se encuentra dada de alta en los siguientes epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas: - 677.9 «Otros servicios de alimentación propios de la restauración« - 419.1 «Industria del pan y bollería« - 932.1 «Enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional no superior» La sociedad C está participada por dos personas físicas, s1 (50%) y s2 (50%). A su vez, s1 tiene un restaurante, que tributa en estimación directa normal, y se encuentra dado de alta en el epígrafe del IAE 671.5 «Restaurantes de un tenedor». Si la entidad consultante se puede aplicar el tipo reducido para entidades de nueva creación, teniendo en cuenta que el IAE del restaurante y el de la sociedad son de un mismo grupo, aunque subgrupos diferentes.
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Nota de interés
Adjuntamos disposiciones publicadas en el BOE de interés en IRPF, IS e IAE
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BOICAC 97, Consulta número 3
BOICAC 97, Consulta número 3 Sobre el tratamiento contable de un contrato denominado por el consultante como “Equity Swap
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Nota de interés
Modificación de base imponible del Impuesto sobre el Valor Añadido por impago. Prueba de remisión de factura rectificativa por burofax. El consultante es una entidad mercantil que tiene arrendado un local comercial. El arrendatario ha impagado la renta, promoviendo la entidad consultante un procedimiento de desahucio. Ha enviado las facturas rectificativas por burofax al arrendatario, negándose éste a su recepción. Cumplimiento del requisito contenido en el artículo 24.1 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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Consulta número 1, del BOICAC del número 97
Cesión de instalaciones a una compañía eléctrica por parte de una empresa inmobiliaria en cumplimiento de la regulación vigente. NRV 13ª. Sobre el tratamiento contable de la infraestructura eléctrica que debe construir una empresa inmobiliaria que actúa como promotor de suelo industrial, logístico y residencial, como una obligación más del proceso urbanizador y que, una vez construida, cede a la correspondiente compañía eléctrica
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Nota de interés
El régimen de trabajadores desplazados a territorio español previsto en el artículo 93 de la LIRPF no resulta extensible al resto de miembros de la unidad familiar. D.G.T. C
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Nota de interés
"Proyecto de Orden por la que se aprueba el modelo 187 declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones”,
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CAMBIO DE CRITERIO Con este criterio se abandona el mantenido hasta ahora por este TEAC
Para computar si el acuerdo de ampliación de la duración del procedimiento inspector se ha adoptado dentro del plazo máximo inicial de 12 meses no han de tomarse en consideración (no deben descontarse) ni eventuales interrupciones justificadas ni dilaciones imputables al contribuyente
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Consulta ICAC
La consulta versa sobre cómo determinar la cifra de negocios de la empresa propietaria de las máquinas, planteando el consultante tres opciones: la recaudación íntegra de la máquina, la recaudación de la maquina menos la tasa y la recaudación de la maquina menos la parte del establecimiento y menos la tasa.
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Nota de interés
D.G.T. Nº Consulta: V0736-14 .../... A. Posibilidad por parte del consultante de practicar en el ejercicio 2012, mediante declaración individual, la deducción por inversión en vivienda habitual en función del 100% de las cantidades satisfechas vinculadas al préstamo con el cual el matrimonio financia su adquisición, al carecer su cónyuge de ingresos ni tener obligación de presentar declaración por el IRPF