Actualidad
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Práctica fiscal: Publicado el Proyecto de Orden por el que se regula el Suministro Inmediato de Información (SII)
Adjunto se remite " Proyecto de Orden por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifican la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de Declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido, y los modelos tributarios del Impuesto sobre el Valor Añadido 303 de autoliquidación del Impuesto, aprobado por la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, y 322 de autoliquidación mensual individual del régimen especial del grupo de entidades, aprobado por Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre". PUEDEN REMITIRNOS LAS OBSERVACIONES QUE SE CONSIDEREN OPORTUNAS ANTES DEL DIA 28 DE FEBRERO DE 2017. Al correo info@aece.es
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Práctica fiscal: Manual de actividades económicas. Obligaciones fiscales de empresarios y profesionales residentes en territorio español
Está disponible el Manual de actividades económicas para el ejercicio 2017, que podrá consultar temporalmente en un banner específico y con carácter definitivo en el banner "Impuestos", dentro del apartado "Normativa, Guía y Manuales" de los siguientes impuestos: IRPF, Impuesto sobre Sociedades e IVA. Esta publicación sistematiza las obligaciones fiscales de carácter estatal que deben cumplirse cuando se desarrolla una actividad económica empresarial o profesional. Así , con carácter general, se indican las actuaciones a realizar antes , durante y al finalizar la actividad. Las actividades económicas pueden realizarse por personas físicas (autónomos), personas jurídicas (entidades mercantiles) o por entidades sin personalidad jurídica (herencias yacentes y comunidades de bienes). La publicación desarrolla, además de los temas censales y relativos a los distintos impuestos, las declaraciones informativas, las retenciones, los modelos, así como las formas de identificación para llevar a cabo distintas gestiones por Internet y las herramientas tecnológicas que la Agencia Tributaria ha desarrollado. La publicación cuenta con vínculos en numerosos apartados que permiten ampliar la información. Todo ello sin perjuicio de los servicios de información personalizados a través del teléfono o de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria. No pretende ser un manual exhaustivo, más al contrario, se caracteriza por la sencillez de su explicación, por lo que deberá de acudirse a las normas para conocer su literalidad.
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Práctica fiscal: Consulta Vinculante de la DGT sobre la Tributación en el IVA del turno de oficio, servicios prestados por abogados y procuradores
La DGT cambia su criterio con base en la Sentencia TJUE de 28 de julio de 2016, asunto C-543/14.
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Práctica fiscal: Actuaciones Inspectoras de comprobación de sociedades de reducida dimensión que tributaron al 25% en el 2015 y aplicaron la reserva de capitalización.
Motivación AEAT: La aplicación de esta reducción “reserva de capitalización” podrá aplicarse por contribuyentes que tributen al tipo de gravamen general y especial previsto en los apartados 1 o 6 del artículo 29 de la LIS. La Disposición Transitoria 34 letras i), j), k) de la LIS, establece que para el 2015 el Tipo General es el 28%. Por tanto, el criterio de Inspección es que, si has aplicado el 25% no puedes aplicar el incentivo reductor reserva de capitalización. Adjuntamos una Consulta Vinculante de la DGT para combatir el criterio de la Inspección de la AEAT, en la cual parece deducirse que SI ES COMPATIBLE REDUCIR LA RESERVA DE CAPITALIZACIÓN, A LAS ENTIDADES QUE CUMPLAN LO DISPUESTO EN EL ART. 105 DE LA LIS (REDUCIDA DIMENSIÓN) Y POR TANTO HAYAN APLICADO EL 25%. Marta Diez-Rábago de San Juan, Vocal de la Junta Directiva de la AECE
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Práctica fical: Novedades en el IVA de las monturas de gafas.
El criterio que mantiene la DGT es que la montura para gafas graduadas no adquiere su condición respecto al IVA, hasta el momento de su entrega al usuario final con las lentes graduadas montadas, , por lo que las importaciones y todas las operaciones subsiguientes de monturas para gafas graduadas que no lleven aún lentes graduadas montadas, deben tributar al tipo general del IVA, esto es al 21% desde la fecha 01.01.2015, con independencia de que la importación deba realizarse como producto sanitario y pasar el correspondiente control sanitario en frontera. (FARMIN). Las gafas graduadas (montura+lentes correctoras), se venderán al tipo reducido del 10%.
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Práctica contable: Publicado el BOICAC nº 108 de Diciembre de 2016 con 4 consultas resueltas.
Consulta 1: Acuerdo comercial entre un proveedor y un cliente en el ámbito del sector de la distribución. NRV 14ª. Consulta 2:Compra de existencias en moneda extranjera, cuando previamente se ha realizado un anticipo al proveedor. NRV 10ª y NRV 11ª. Consulta 3: Indemnización recibida en un proceso judicial. (NRV 15ª) a raíz de una sentencia dictada en primera instancia y que ha sido recurrida por la parte demandada. Consulta 4: Sobre el devengo contable del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
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Doctrina y Criterios del Tribunal Económico-Administrativo Central:
Unificación de criterio TEAC Impuesto sobre Sociedades. Tributación de rentas por actividades de visado en Colegios Profesionales
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Práctica fiscal: Publicado hoy 27 de Enero el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017
Te Adjuntamos un Extracto sobre la.....Resolución de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017. BOE 27/01/2017
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Información de Interés: Anteproyecto por el que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se comunica que el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad, se encuentra a disposición de los interesados para el cumplimiento del trámite de audiencia, durante 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio.
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Montoro asegura que las grandes empresas deben pagar más para mantener la paz social
Así lo ha afirmado el ministro de Hacienda en la comisión correspondiente del Congreso, " la gran empresa tributaba al 3% y ahora lo hace al 7%, cuando las pequeñas y medianas empresas (pymes) tributan al 18%". fuente: elconfidencial.com