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Adjuntamos modelo de reclamación para ejercitar la acción de responsabilidad patrimonial contra el Estado por el “céntimo sanitario”
19 de mayo de 2014El pasado 6 de marzo, ya informamos mediante una extensa Nota de interés las dos vías posibles para recurrir la devolución del IVMDH (céntimo sanitario)
Barcelona a 19 de mayo de 2014
Apreciado compañero,
El pasado 6 de marzo, ya informamos mediante una extensa Nota de interés las dos vías posibles para recurrir la devolución del IVMDH (céntimo sanitario)
Procedimiento para la devolución del IVMDH
Ante esta situación, y de conformidad con la Sentencia, se desprende que todos los afectados por el “céntimo sanitario” podrían obtener la devolución de las cuotas pagadas indebidamente. Para ello existirían dos alternativas:
- Solicitar la rectificación de las autoliquidaciones que hubieren sido satisfechas y que no se hayan visto afectadas por el plazo de prescripción de cuatro años impuesto por la ley. Todo ello para reclamar la devolución de los importes en cuestión más los correspondientes intereses de demora. Este camino suele ser un procedimiento más rápido, pero sólo vale para lo no prescrito.
-Ejercitar una acción de responsabilidad patrimonial contra el Estado legislador en el período de un año desde la publicación de la Sentencia, para reclamar el reembolso de todo lo satisfecho en concepto de “céntimo sanitario” más los correspondientes intereses de demora, e incluso otros perjuicios que se le hubiere irrogado.
Para la rectificación de las autoliquidaciones, la Agencia Tributaria puso a disposición de los afectados un formulario en su web, del cual informamos el mismo día de su publicación a través de la Nota de interés del 19 de marzo.
Muchos sois los que nos habéis solicitado un modelo para ejercitar la acción de responsabilidad patrimonial contra el Estado, por ello, os proponemos es que se adjunta.
Saludos,
AECE
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