Actualidad
Práctica fiscal: Diversas consultas Vinculantes de la D.G.T. de interés.
5 de julio de 2017Propuestas por el asociado D. Juan Ramón Gómez.
Tipo de IVA a aplicar en entradas espectulos con consumición incluida.
No sujeción de los servicios de prestación de asistencia jurídica gratuita, por abogados y procuradores en el marco de la Ley 1/1996, de 10 de enero.
No aplicación de sanción por regularización voluntaria extemporanea mediante 720.
DESCRIPCION HECHOS: La entidad consultante es una asociación que agrupa a diversas asociaciones de empresarios dedicados a las actividades de bar, bar musical, discoteca, café teatro, café concierto, sala de baile y sala de fiestas con espectáculos.
CUESTIONPLANTEADA: Tipo impositivo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable al servicio de acceso a salas de fiesta, baile y discotecas. La misma cuestión cuando se ofrezcan espectáculos en vivo y, en particular, una actuación de disc-jockey. Tributación cuando con el servicio de acceso se ofrezca una consumición del servicio de bar.
DESCRIPCION HECHOS: El consultante es un profesional de la abogacía que presta servicios de asistencia gratuita en el marco de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
CUESTION PLANTEADA: Sujeción de las operaciones objeto de consulta al Impuesto sobre el Valor Añadido.
DESCRIPCION HECHOS: El consultante, colegio profesional, está situado en una Comunidad Autónoma eminentemente receptora de nacionales extranjeros residentes en España con bienes y derechos situados en el exterior, en principio, obligados a la presentación de la declaración de bienes y derechos situados en el extranjero (modelo "720") de la disposición adicional decimoctava de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18), en adelante LGT. Algunos de dichos obligados por diversas circunstancias no presentan la declaración mencionada en el plazo legalmente establecido.
CUESTION PLANTEADA: Consecuencias de la presentación del modelo 720 de forma extemporánea sin requerimiento previo por parte de la Administración tributaria.
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