Actualidad
Práctica fiscal: Publicado hoy 27 de Enero el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017
27 de enero de 2017Te Adjuntamos un Extracto sobre la.....Resolución de 19 de enero de 2017, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017. BOE 27/01/2017
Estas directrices giran en torno a tres grandes pilares:
- La prevención, investigación y control del fraude tributario y aduanero.
- El control del fraude en fase recaudatoria.
- La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.
I. Prevención, investigación y control del fraude tributario y aduanero
En particular, en 2017, la Agencia Tributaria centrará su atención en los siguientes sectores o tipologías de fraude:
1. Economía sumergida. La economía sumergida recoge tradicionalmente todas las actividades que son deliberadamente ocultadas a las autoridades administrativas de forma total o parcial, con el fin de eludir el pago de impuestos.
A. Actuaciones de captación, análisis y proceso de Información
B. Actuaciones de comprobación
2. Investigación patrimonial de personas físicas.
3. Prácticas de elusión fiscal de multinacionales y empresas con actividad transfronteriza.
4. Economía digital y nuevos modelos de negocio.
5. Otros ámbitos de actuación.
5.1 Actuaciones relacionadas con prestaciones de servicios profesionales.
5.2 Actuaciones de control relacionadas con el IVA.
5.3 Actuaciones de control sobre grupos fiscales.
5.4 Actuaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades
5.5 Otras actuaciones de control
6. Control de productos objeto de Impuestos Especiales
7. Control de Impuestos medioambientales.
8. Control aduanero.
9. Prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales.
II. Control del fraude en fase recaudatoria
a) En el ámbito de la prevención del fraude
b) En el ámbito del control del fraude fiscal
c) Otras medidas:
III. Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas
1. Control global de las deducciones sobre el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
2. Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente a ejercicios no prescritos y su relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, mediante el cruce de información sobre la titularidad de bienes y derechos, incluidos los situados en el extranjero, identificación de contribuyentes no declarantes de dicho impuesto que estén obligados a presentar declaración.
3. Operaciones inmobiliarias significativas al objeto de determinar su tributación por el Impuesto sobre el Valor Añadido o, alternativamente, por el concepto «Transmisiones Patrimoniales Onerosas» del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
4. Operaciones societarias más relevantes declaradas exentas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por haberse acogido al régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
5. Cumplimiento de los requisitos para disfrutar de determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, a través de la comprobación de la principal fuente de renta.
6. Cumplimiento de los requisitos para la aplicación del régimen fiscal de las cooperativas.
7. Domicilios declarados y sus modificaciones.
8. Comprobación de los requisitos para el disfrute de la exención o bonificación del IEDMT por adquisición de vehículos por minusválidos y familias numerosas.
Compartir
Una SL que se dedica a la actividad inmobiliaria, intervención en compra, venta y alquileres de inmuebles, ¿ejerce una actividad económica?
Acceder al vídeo
5 de julioPara que sigas actualizado, desde la AECE lanzamos el nuevo número de la REVISTA CONT4BL3.
Digitalización de las asesorías, IA, casos prácticos de cómo contabilizar las Criptomonedas, y mucho más...
5 de julioEn relación a la tolerancia en los incumplimientos mercantiles, ¿puede llevar al desamparo a los socios minoritarios?
Acceso al vídeo
4 de julio¿Hay excesos de adjudicación? pues el dinero compensa el mayor valor da una casa sin exceder el valor inicial
Caso de división de la cosa común de dos hermanos, que poseían en indiviso dos viviendas, una al 50% y la otra, junto a un tercer hermano al 33%. Se adjudica un piso a cada uno, compensando en dinero la diferencia de valor, pero sin alteración. La AEAT, admite la exención en una operación, liquidando AJD, pero no en la otra por que hay un tercer propietari
3 de julioSi las plantillas son solo de trabajadores (hombres), o solo de trabajadoras (mujeres), ¿será obligatoria?
La obligación nace en plantillas de igual o más de 50 trabajadores, compuestas por hombres o mujeres. ¿Si las plantillas, son sólo de trabajadores (hombres) o sólo de trabajadoras (mujeres), será obligatoria? Acceder al vídeo
2 de julio¿Cumpliría con el requisito de obtener por dichas funciones más del 50% de sus ingresos, si estos son los únicos que ha tenido en dicho año?
Consulta relacionada con la formulada con anterioridad: ¿Qué pasaría si la persona que ejerce las funciones de dirección y gerencia como administrador único, cobre retribuciones únicamente durante los tres últimos meses del año, que es cuando se produce la modificación de estatutos, para que el cargo sea retribuido? Acceder al v&
1 de julio¿Qué opinas de la utilización que empieza a hacer la AEAT de estas tecnologías disruptivas?
Acceder al vídeo
28 de junio¿Cuál es la forma para recurrir el valor de referencia catastral?
¿Cómo debe autoliquidarse correctamente el ITP y AJD? Estudio práctico de los pasos a seguir. Operaciones singulares en la tributación del impuesto: Usufructo, valores, inmuebles, operaciones societarias.
27 de junioEn plantillas de un único trabajador, hombre o mujer, ¿Es obligatorio el plan de igualdad? ¿Los autónomos societarios, socios o administradores, se computan?
Jornada de Medidas de igualdad en el ámbito de pequeñas empresas. La actuación de la ITSS. Acceder al vídeo
26 de junioEstán disponibles los siguientes servicios como adelanto de la campaña de Sociedades 2023:
- Consulta y descarga de datos fiscales del Impuesto sobre Sociedades. - Servicio de asistencia Sociedades WEB Open (Simulador), que permite revisar el traslado de estos datos al formulario y los resultados, en modo simulador, sin presentación.