Actualidad
Resoluciones TEAR Cataluña: Contra la falta de motivación de liquidaciones provisionales de la AEAT en IVA
5 de octubre de 2015Dos Resoluciones del Tribunal Economico- Administrativo Regional de Cataluña.
PRIMERA: Contra acuerdos dictados por la AEAT, Administración de Cornella de Llobregat. Por el concepto de IVA. Liquidaciones provisionales relativas a los periodos 1T, 2T, 3T y 4T/2009
Falta de motivación, “corresponde a la Oficina Gestora no solo acreditar que el gasto no es deducible en el IRPF o en el I.Sociedades, si no también que los mismos han sido objeto de regularización por cuanto de otro modo se produciría la incongruencia de no admitir el gasto en el IVA y admitirlo en la imposición directa.”
SEGUNDA: Contra acuerdos dictados por la AEAT, Administración de Badalona. Por el concepto de IVA. Liquidaciones provisionales relativas a los periodos 4T 2007 y 1T, 2T, 3T y 4T/2008 y Sanciones gestoras.
“La falta de remisión del expediente de gestión determina la anulación del acto recurrido”
“Es la Administración la que debe acreditar los elementos materiales y formales que permiten sostener su decisión, que en ningún caso puede perjudicar al reclamante el incumplimiento por parte de aquélla de sus deberes legales.”
ACCEDER A LAS RESOLUCIONES DEL TEAR DE CATALUÑA:
Compartir
Para que sigas actualizado, desde la AECE lanzamos el nuevo número de la REVISTA CONT4BL3.
Digitalización de las asesorías, IA, casos prácticos de cómo contabilizar las Criptomonedas, y mucho más...
5 de julioEn relación a la tolerancia en los incumplimientos mercantiles, ¿puede llevar al desamparo a los socios minoritarios?
Acceso al vídeo
4 de julio¿Hay excesos de adjudicación? pues el dinero compensa el mayor valor da una casa sin exceder el valor inicial
Caso de división de la cosa común de dos hermanos, que poseían en indiviso dos viviendas, una al 50% y la otra, junto a un tercer hermano al 33%. Se adjudica un piso a cada uno, compensando en dinero la diferencia de valor, pero sin alteración. La AEAT, admite la exención en una operación, liquidando AJD, pero no en la otra por que hay un tercer propietari
3 de julioSi las plantillas son solo de trabajadores (hombres), o solo de trabajadoras (mujeres), ¿será obligatoria?
La obligación nace en plantillas de igual o más de 50 trabajadores, compuestas por hombres o mujeres. ¿Si las plantillas, son sólo de trabajadores (hombres) o sólo de trabajadoras (mujeres), será obligatoria? Acceder al vídeo
2 de julio¿Cumpliría con el requisito de obtener por dichas funciones más del 50% de sus ingresos, si estos son los únicos que ha tenido en dicho año?
Consulta relacionada con la formulada con anterioridad: ¿Qué pasaría si la persona que ejerce las funciones de dirección y gerencia como administrador único, cobre retribuciones únicamente durante los tres últimos meses del año, que es cuando se produce la modificación de estatutos, para que el cargo sea retribuido? Acceder al v&
1 de julio¿Qué opinas de la utilización que empieza a hacer la AEAT de estas tecnologías disruptivas?
Acceder al vídeo
28 de junio¿Cuál es la forma para recurrir el valor de referencia catastral?
¿Cómo debe autoliquidarse correctamente el ITP y AJD? Estudio práctico de los pasos a seguir. Operaciones singulares en la tributación del impuesto: Usufructo, valores, inmuebles, operaciones societarias.
27 de junioEn plantillas de un único trabajador, hombre o mujer, ¿Es obligatorio el plan de igualdad? ¿Los autónomos societarios, socios o administradores, se computan?
Jornada de Medidas de igualdad en el ámbito de pequeñas empresas. La actuación de la ITSS. Acceder al vídeo
26 de junioEstán disponibles los siguientes servicios como adelanto de la campaña de Sociedades 2023:
- Consulta y descarga de datos fiscales del Impuesto sobre Sociedades. - Servicio de asistencia Sociedades WEB Open (Simulador), que permite revisar el traslado de estos datos al formulario y los resultados, en modo simulador, sin presentación.
26 de junio¿Qué pasaría si la persona que ejerce las funciones de dirección y gerencia como administrador único, cobrase retribuciones únicamente durante los tres últimos meses del año, que es cuando se produce la modificación de Estatutos para que el cargo sea ret
Curso de ISD con Ramón Chaler Iranzo, abogado, profesor del CEF